miércoles, 10 de diciembre de 2008

Nuevas medidas fiscales 2009

A partir del próximo año 2009 los contribuyentes que así lo deseen, podrán solicitar el saldo a su favor pendiente al final de cada periodo de liquidación. Las empresas que opten por esta opción deberán liquidar el IVA con periodicidad mensual.
Para poder optar a este sistema, las empresas deberán acogerse al nuevo Modelo 340.
Con el Modelo 340 habrá que presentar:
- Libro registro de facturas expedidas
- Libro registro de facturas recibidas
- Libro registro de bienes de inversión
- Libro registro de determinadas operaciones intracomunitarias
Las empresas que quieran acogerse a la devolución mensual de IVA deberán solicitarlo entre el 1 de enero y 20 de febrero de 2009.

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